Reclamaciones

Si tus vacaciones terminan justo antes de un festivo, ese día no te lo pueden descontar

El Supremo ha dejado claro que el festivo que sigue a tus vacaciones no cuenta como día de vacaciones. Te explico tus derechos, qué pasa si estás de baja y cómo reclamar.

LBLuciano Buscemi · Abogado laboralista y de extranjería18 de octubre de 2026 · 5 min de lectura

Una camarera termina sus vacaciones un domingo. El lunes es festivo en su localidad y vuelve al trabajo el martes. Al revisar el cuadrante, descubre que la empresa le ha contado ese lunes como un día más de vacaciones. Es una práctica que he visto en más de una empresa, y el Tribunal Supremo acaba de decir que no es correcta. Si te ha pasado algo parecido con un festivo en vacaciones, te explico qué ha resuelto el tribunal, qué dice la ley sobre tus días de descanso y cómo reclamar el día que te hayan quitado.

Qué ha dicho el Supremo sobre el festivo en vacaciones

La sentencia del Tribunal Supremo 450/2026, de 27 de abril, resuelve una duda muy concreta: qué ocurre con el festivo que cae justo el día siguiente a que terminen tus vacaciones. La respuesta es clara. Ese festivo no puede descontarse como día de vacaciones.

La lógica es fácil de entender. El festivo es un día de descanso que te corresponde por calendario laboral, igual que al resto de la plantilla. Si la empresa lo absorbe dentro de tus vacaciones, en la práctica estás perdiendo un día de descanso que tus compañeros sí disfrutan. Tus vacaciones terminan cuando terminan, y el festivo que viene detrás sigue siendo festivo.

Ten en cuenta que la forma de contar las vacaciones depende también de tu convenio. Si se cuentan en días naturales, los días que caen dentro del periodo forman parte de él. Si tu convenio las cuenta en días laborables, la cosa cambia. Por eso, antes de reclamar, conviene mirar qué dice tu convenio sobre el cómputo.

Lo que ya dice el Estatuto sobre tus vacaciones

La sentencia se apoya en unas reglas que conviene tener presentes. El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año. Tu convenio o tu contrato pueden mejorar esa cifra, pero nunca bajarla.

Las vacaciones no se pueden cambiar por dinero. La única excepción es cuando termina el contrato sin que hayas podido disfrutarlas: entonces la empresa debe pagarte en el finiquito los días pendientes. Si estás en esa situación, te interesa leer lo que explico sobre firmar el finiquito antes de poner tu firma.

Además, tienes derecho a conocer las fechas de tus vacaciones con al menos dos meses de antelación. Una empresa que te avisa la semana anterior de que te vas de vacaciones, o que te las cambia sin acuerdo con poco margen, no está cumpliendo esa regla.

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Si estás de baja cuando te tocan las vacaciones

Otra situación frecuente: tienes las vacaciones fijadas para agosto y en julio sufres una lesión que te deja de baja varias semanas. O caes enfermo en mitad de tus días libres. En esos casos, el artículo 38.3 del Estatuto permite disfrutar las vacaciones más adelante, cuando termine la incapacidad temporal.

Ese derecho no desaparece aunque haya terminado el año natural. Cuando la causa es una incapacidad temporal, puedes disfrutarlas después, con un límite: que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año en que se generaron. Es decir, las vacaciones de 2026 que no pudiste disfrutar por una baja no se pierden el 31 de diciembre.

Si la empresa te dice que «las vacaciones del año ya están perdidas», pide que te lo diga por escrito. Normalmente esa frase no resiste una revisión.

Otro criterio reciente: el permiso por familiar hospitalizado

En el despacho veo a menudo otra fuente de conflictos relacionada con los días de descanso. Es el permiso del artículo 37.3.b del Estatuto, el que se concede por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo en casa de un familiar.

La sentencia del Tribunal Supremo 373/2026, de 15 de abril, ha aclarado que para concederlo la empresa no puede exigir que convivas con ese familiar ni que seas tú quien lo cuida. Basta con que exista el hecho que da derecho al permiso, el parentesco que marca la ley y que avises con antelación.

Pongamos un repartidor cuyo padre ingresa en el hospital. Vive en otra casa y su hermana se queda con él por las noches. La empresa no puede negarle el permiso con el argumento de que «ya hay alguien cuidándolo».

Cómo reclamar el día que te han descontado

Si tu empresa te ha restado un festivo como día de vacaciones, el primer paso es pedirlo por escrito. Un correo o una carta sencilla, dirigida a recursos humanos o a quien gestione los cuadrantes, en la que expliques qué día te han descontado y pidas que te lo devuelvan como día de vacaciones pendiente. Cita la sentencia 450/2026 del Tribunal Supremo. Muchas empresas rectifican en cuanto ven que el criterio está claro.

Guarda lo que te sirva de prueba: el calendario laboral con los festivos, el cuadrante o la comunicación donde aparecen tus vacaciones y cualquier mensaje en el que la empresa reconozca cómo las ha contado. Si tienes representantes de los trabajadores, cuéntaselo, porque es probable que no seas la única persona afectada.

Si la empresa no responde o se niega, puedes reclamar. El plazo general para las reclamaciones laborales es de un año, según el artículo 59 del Estatuto. Aunque un solo día parezca poca cosa, en empresas que aplican esta práctica cada año la suma acaba siendo relevante. En la página de reclamaciones laborales te explico cómo trabajo estos casos, y si además sospechas que las horas que haces no se están registrando bien, te puede interesar el artículo sobre el registro horario y las horas extra.

Lo más útil que puedes hacer hoy es sacar el calendario laboral de tu localidad y ponerlo junto a tus últimas vacaciones. Si algún periodo terminó justo antes de un festivo, comprueba cómo te lo contaron. Si tienes dudas, puedes llamarme al 856 24 05 92 o escribirme desde la página de contacto; atiendo en Ceuta y online y respondo en menos de 24 horas.

Preguntas frecuentes

¿Cuenta como día de vacaciones un festivo que cae justo después de mis vacaciones?

No. La sentencia del Tribunal Supremo 450/2026, de 27 de abril, establece que el festivo inmediatamente posterior al periodo de vacaciones no puede descontarse como día de vacaciones. Si te lo han restado, puedes pedir que te lo devuelvan.

¿Qué pasa con mis vacaciones si estoy de baja?

Si una incapacidad temporal te impide disfrutarlas, puedes hacerlo cuando termine la baja, aunque haya acabado el año natural. El límite es que no pasen más de 18 meses desde el final del año en que se generaron.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un día de vacaciones mal descontado?

El plazo general para las reclamaciones laborales es de un año, según el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores. Lo recomendable es pedirlo primero por escrito a la empresa y guardar el calendario y los cuadrantes.

Este artículo es informativo y está actualizado a la fecha de publicación. Cada caso tiene matices: antes de tomar una decisión, consúltalo con un abogado.

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